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El monumento situado en el centro de la plaza del municipio, conocido como “Columna del León”, es un rollo jurisdiccional, una columna de piedra o mármol, elevada con gradas, coronada con capitel y rematada con un elemento simbólico, como una bola, una cruz o un escudo, como es el de Daya Vieja, donde un león sostiene un escudo.
El monumento situado en el centro de la plaza, conocido como la Columna del León, es un rollo jurisdiccional: una columna de piedra elevada sobre gradas y rematada con un símbolo. Estos monumentos se colocaban en plazas o entradas de los pueblos y servían para indicar que la localidad tenía autoridad propia para administrar justicia.
Los rollos jurisdiccionales surgieron en la Edad Media, ligados a los señoríos. Eran un privilegio concedido por el rey a determinados nobles, miembros del alto clero o localidades, que les permitía ejercer funciones judiciales y administrativas sobre una villa, además de marcar el límite territorial. En algunos casos se confundieron con las picotas, donde se exponía públicamente a los delincuentes, aunque no siempre tuvieron esa función.
A finales del siglo XVIII y durante el siglo XIX, con la desaparición del régimen señorial, muchos rollos fueron derribados o transformados. Algunos se conservaron como símbolos históricos del lugar.
El rollo se levantó para conmemorar la fundación del señorío de Daya Vieja en 1791, tras la concesión de la jurisdicción sobre la villa por el rey Carlos IV al I Conde de Pinohermoso, Juan Nepomuceno Roca de Togores y Escorcia. El remate del monumento representa el escudo de ese linaje sostenido por un león, símbolo de la fuerza y la vigilancia vinculadas a la administración de justicia.
Actualmente los rollos jurisdiccionales están protegidos como Bienes de Interés Cultural. El de Daya Vieja es el único que conserva su estructura original en toda la Comunidad Valenciana, convirtiéndose así en un elemento patrimonial de gran valor.
El Fuero Alfonsino fue un privilegio jurídico concedido en las Cortes de Valencia de 1329 por Alfonso IV de Aragón (II de Valencia), mediante la rúbrica De Iurisdictione Omnium Iudicum. Esta disposición permitía obtener la jurisdicción civil y una jurisdicción criminal limitada a quienes fundasen o poseyesen un lugar con al menos quince casas pobladas, favoreciendo así la creación de nuevos señoríos y núcleos de población en el Reino de Valencia, especialmente en zonas rurales donde se pretendía impulsar el desarrollo agrícola y el aumento de la población.
Tras la expulsión de los moriscos en 1609, muchas áreas quedaron despobladas, por lo que el Fuero Alfonsino recuperó importancia como instrumento para promover nuevos asentamientos. Durante los siglos XVII y XVIII diversos propietarios solicitaron acogerse a este privilegio para fundar o consolidar lugares de señorío, entre ellos varios municipios de la actual provincia de Alicante.
La vigencia del Fuero Alfonsino se vio progresivamente debilitada por las reformas centralizadoras de la monarquía borbónica. No obstante, pese a que los Decretos de Nueva Planta promulgados por Felipe V en 1707 suprimieron los Fueros del Reino de Valencia, la jurisdicción alfonsina pervivió en determinados casos durante el siglo XVIII, manteniendo su capacidad para sustentar la creación de nuevos señoríos. En 1772, el rey Carlos III restableció la jurisdicción alfonsina, favoreciendo nuevamente su aplicación y permitiendo que continuara vigente.
En este contexto se enmarca la fundación del señorío de Daya Vieja, uno de los últimos creados al amparo de este privilegio, cuando Carlos IV concedió en 1791 la jurisdicción sobre la villa a Juan Nepomuceno Roca de Togores y Escorcia, I Conde de Pinohermoso. De este modo, Daya Vieja constituye un ejemplo tardío de la pervivencia de una institución jurídica medieval que contribuyó a la configuración territorial y administrativa del antiguo Reino de Valencia.
Finalmente, el régimen señorial desapareció de forma definitiva con las reformas liberales del siglo XIX, especialmente tras la abolición de los señoríos jurisdiccionales decretada por las Cortes de Cádiz en 1811 y posteriormente consolidada con la Constitución de 1812, primera Constitución española, que estableció un nuevo modelo político basado en la soberanía nacional y la división de poderes. Con estas reformas desapareció el marco jurídico que había sustentado el Fuero Alfonsino durante casi cinco siglos.
El señorío de Daya Vieja quedó vinculado a una de las familias nobiliarias más destacadas de la Vega Baja: los Roca de Togores, un antiguo linaje de propietarios y señores de Benejúzar y otros territorios de la comarca.
Su principal representante en el origen de Daya Vieja fue Juan Nepomuceno Mariano Roca de Togores y Escorcia, nacido en Orihuela en 1752, VII Señor de Benejúzar y I Conde de Pinohermoso, Señor de la Daya Vieja, además de Gentilhombre de Cámara del Rey, Caballero de la Orden de San Juan y Maestrante de Valencia. Contrajo matrimonio con María Antonia Valcárcel y Pío de Saboya, perteneciente también a una destacada familia nobiliaria y Dama de la reina María Luisa de Parma.
En 1790 Carlos IV le concedió el condado de Pinohermoso y, al año siguiente, obtuvo la jurisdicción alfonsina sobre Daya Vieja, convirtiéndola en un nuevo lugar de señorío. La fundación se inscribía en una tradición de dominio territorial que los Roca de Togores habían desarrollado durante generaciones en la Vega Baja, donde llegaron a reunir un importante patrimonio agrícola y numerosas propiedades. El I Conde falleció el 18 de enero de 1794 en Orihuela a consecuencia de una caída del caballo cuando paseaba en compañía del rey Carlos IV.
Le sucedió su hijo Luis Manuel Roca de Togores y Valcárcel, II conde de Pinohermoso, y, entre otros títulos, Señor de Daya Vieja. Fue militar y tuvo una destacada participación durante la Guerra de la Independencia y llegó a ser brigada-jefe del Estado Mayor y comandante general y gobernador de Alicante y coronel del Regimiento de Infantería de Orihuela. Asumió a sus expensas la reconstrucción íntegra del núcleo urbano de Daya Vieja, tras el terremoto de 1829, que había arrasado gran parte del municipio.
Le sucedió su hijo, Juan Nepomuceno Roca de Togores y Carrasco, III conde de Pinohermoso, quien heredó asimismo el señorío de Daya Vieja, aunque su jurisdicción había sido abolida en 1811, cuando contaba apenas nueve años. Juan Nepomuceno Roca de Togores y Carrasco desarrolló una importante trayectoria política y cortesana: fue senador, mayordomo mayor de Isabel II y caballero del Toisón de Oro. Su hermano, Mariano Roca de Togores y Carrasco, marqués de Molins, alcanzó una notable relevancia política, diplomática y cultural, siendo diputado y senador, ministro en varias ocasiones, embajador de España en Londres, París y ante la Santa Sede, y miembro de varias Reales Academias, llegando a dirigir la Real Academia Española.
La propiedad de Daya Vieja permaneció en manos de los Roca de Togores hasta 1928, cuando fue vendida a los hermanos José García Palmer y Monserrate García Castillo, iniciándose así la parcelación de la antigua hacienda.
El linaje de los Roca de Togores, y en particular la rama de los condes de Pinohermoso, estuvo estrechamente vinculado a Orihuela, donde estableció algunas de sus principales residencias. Entre ellas destacan el Palacio del Señor de Benejúzar o de los Condes de Luna, actualmente rehabilitado como Hotel Palacio de Tudemir, y el Palacio de los Condes de Pinohermoso, situado junto a la catedral, que hoy alberga la Biblioteca Pública Fernando de Loazes y el Archivo Histórico de Orihuela. La presencia de los Roca de Togores en la ciudad se prolongó a través de otras ramas del linaje, a las que estuvieron vinculados diversos edificios nobiliarios, entre ellos el Palacio Roca de Togores y Cerdá y el Palacio de la Baronía de la Linde, ambos del siglo XVIII; la Casa-Palacio de Roca de Togores, del siglo XIX; y el Palacio de los Marqueses de Rubalcava, construido a comienzos del siglo XX, en la actualidad sede de la Oficina de Turismo de Orihuela.
El escudo de los Roca de Togores, representado en el remate del rollo jurisdiccional de Daya Vieja y sostenido por un león, constituye la expresión heráldica del vínculo entre el linaje y el señorío de la localidad, mientras que el león, asociado tradicionalmente a la fuerza, el poder y la vigilancia, refuerza el carácter jurisdiccional del monumento.
Para el linaje Roca de Togores, el blasón que se encuentra en la mayoría de los repertorios heráldicos es siguiente. Escudo partido: el primer cuartel combina una roca sobre ondas de agua, el roque (torre) bajo un creciente (media luna) y una estrella de ocho puntas, flanqueado de dos flores de lis; el segundo cuartel presenta otra media luna y cuatro calderas.
El escudo de los Roca de Togores combina elementos alusivos al linaje Roca, como la roca y el roque, y al linaje Togores, representados por el creciente y las cuatro calderas, con otros de carácter tradicionalmente simbólico, como los crecientes, asociados a la victoria y la prosperidad; las flores de lis, a la nobleza y pureza; y la estrella, a la guía y la grandeza.
Se dispone de documentación sobre el origen de algunos elementos que forman parte del rollo jurisdiccional de Daya Vieja: basa, columna y capitel formarían parte del primitivo claustro de la Universidad de Orihuela, construido en el siglo XVI. Estas piezas fueron realizadas por el maestro cantero Juan de Sansín, residente en Macael, según consta en los contratos suscritos en los años 1554 y 1555. En 1681 el claustro de la Universidad de Orihuela ya amenazaba ruina, planteándose la reestructuración total del mismo. En 1727 se concierta con el cantero Alfonso Ortiz la realización de las columnas de la planta baja del claustro con piedra de Abanilla y en mayo de 1730 se acuerda que no se utilicen en el sobreclaustro las columnas de mármol existentes, si no que se hagan nuevas de la misma piedra, para darle mayor uniformidad. Allí quedaron sin uso las columnas, basas y capiteles de mármol. A lo largo del siglo XVIII, algunas de estas piezas fueron retiradas, y sabemos que, al menos desde 1759, permanecían enterradas en el subsuelo del claustro de la Universidad. Cuando era necesario disponer de alguna de ellas, se extraía del subsuelo para su utilización. Las restantes permanecieron allí olvidadas hasta 1960, cuando fueron recuperadas con motivo de las obras de pavimentación del claustro. Hasta el momento no se ha podido determinar la autoría del león blasonado que corona el monumento ni la del cantero encargado de ejecutar el graderío que lo circunda.
El remate del rollo jurisdiccional, compuesto por el león y el escudo, sufrió daños durante la II República, cuando fue derribado de la columna, fracturado y arrastrado por las calles de la localidad. Según la información disponible, sus restos fueron recogidos por el entonces alcalde, quien los ocultó y protegió hasta el final de la Guerra Civil. En la década de 1940, una vez finalizado el conflicto, las piezas fueron recompuestas y el conjunto volvió a colocarse sobre el pedestal de la citada columna o rollo.
En la década de 1980, el león y el escudo fueron objeto de una intervención que consistió en su recubrimiento con una capa de pintura, que pudo estar destinada a ocultar o minimizar visualmente las grietas y pérdidas existentes, posiblemente relacionadas con los daños sufridos durante el episodio anteriormente referido, acontecido en el contexto de la II República.
A finales de la década de 1990 se llevó a cabo una restauración en la que se eliminó la capa de pintura que recubría el conjunto. En esta intervención, y tomando como referencia los escudos de la familia conservados en Orihuela, se incorporaron las calderas correspondientes al blasón de los Roca de Togores, aunque sin reproducir la bordura en la que tradicionalmente se disponen. Esta modificación podría deberse a las dificultades de adaptación del conjunto heráldico al espacio disponible, dado que la presencia del creciente dejaba un espacio insuficiente entre este y los límites del campo para disponer adecuadamente las calderas. Asimismo, en el escudo se conservan restos de la cruz de caballero de la Orden de Malta, antigua orden religiosa y militar de la que aún puede reconocerse la parte superior de la cruz acolada.
En 2024, el Ayuntamiento de Daya Vieja fue beneficiario de una subvención de la Diputación de Alicante, concedida en el marco del «Plan provincial para la rehabilitación y puesta en valor del patrimonio histórico municipal de municipios de menos de dos mil habitantes de la provincia de Alicante», destinada a la restauración y recuperación del Rollo Jurisdiccional.
La intervención, autorizada por la Conselleria de Cultura de la Generalitat Valenciana y supervisada por el Área de Arquitectura de la Diputación de Alicante, permitió abordar los problemas de conservación derivados de las sucesivas reformas de la Plaza del León. Esas actuaciones habían elevado progresivamente la cota del pavimento, ocultando parcialmente el graderío pétreo que forma parte del monumento.
Los trabajos permitieron recuperar la integridad y correcta percepción del conjunto, elevando el monumento hasta la cota actual de la plaza y favoreciendo su conservación, puesta en valor y difusión como elemento destacado del patrimonio histórico de Daya Vieja y recurso de interés turístico-cultural.
La actuación se completó con la instalación de un panel informativo, concebido para acercar la historia y los valores patrimoniales del Rollo Jurisdiccional a todos los visitantes. El panel incorpora diferentes recursos de accesibilidad, entre ellos una reproducción en 3D del escudo para su exploración táctil, textos en braille y lectura fácil, así como un código QR, que permite acceder a una audiodescripción y a un vídeo explicativo con lengua de signos. De este modo, se pretende favorecer un acceso inclusivo y universal a la información y al patrimonio cultural.








CRÉDITOS DE LA ACTUACIÓN
La recuperación y puesta en valor del Rollo Jurisdiccional de Daya Vieja ha sido posible gracias a la colaboración y participación de profesionales, empresas, instituciones y vecinos de Daya Vieja.
OBRA
PROMOCIÓN Y GESTIÓN
Ayuntamiento de Daya Vieja
FINANCIACIÓN
Diputación de Alicante. Área de Arquitectura
DIRECCIÓN DE OBRA
Iván Martínez García. Arquitecto
Consuelo Roca de Togores Muñoz. Arqueóloga
ASESORAMIENTO DOCUMENTACIÓN CONSTRUCTIVA Y ADMINISTRATIVA
Área de Arquitectura. Diputación de Alicante
EMPRESA ADJUDICATARIA
Signia Soluciones Técnicas S.L.
CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN
Begoña Movellán Quesada. ARQUETYPE
PANEL INFORMATIVO
TEXTOS
Manuel Francisco Pérez Pérez. Cronista oficial de Daya Vieja
Consuelo Roca de Togores Muñoz
FOTOGRAFÍAS
Ayuntamiento de Daya Vieja
Archivo General. Diputación Provincial de Alicante
Engracia Giménez Andrés
Carmen Fernández García
DISEÑO GRÁFICO Y MAQUETACIÓN
Stereogràfica.com Diseño gráfico y comunicación
PRODUCCIÓN E IMPRESIÓN
Pixelgrand S.L.
ACCESIBILIDAD
Departamento de Accesibilidad. Fundación CV MARQ
FESORD CV Alicante
Begoña Movellán Quesada. ARQUETYPE







